*Información para conductores.
Son muchos los propietarios de un vehículo que deciden darlo de baja temporal o definitivamente, ya sea porque no puedan mantener sus gastos, o tengan que deshacerse de él. Pero para ello, son necesarios unos trámites y documentación específica, que te exponemos a continuación.
No solo existe la posibilidad de dar de baja definitivamente un vehículo cuando queremos deshacernos de él. También puede optarse por una baja temporal, siempre y cuando el vehículo no esté aparcado en la vía pública ni esté circulando. Sólo podrá hacerse si queda estacionado en un garaje público o privado, hasta regularizar de nuevo su situación cuando se desee volver a dar de alta.
Los motivos por los que un titular puede decidirse a dar de baja su coche temporalmente, pueden ir desde el robo o sustracción del vehículo, hasta por traslado temporal al extranjero. Pasando por no poder hacer frente a los gastos de una avería o por no poder hacerse cargo de los gastos de mantenimiento.
Mientras está dado de baja temporalmente, no se devengarán Impuestos de Circulación (IVTM) para ese automóvil, ni será necesario tener contratada una póliza de seguros o tener en regla la Inspección Técnica de Vehículos o ITV.
- Cómo dar de baja definitiva un vehículo.
Gestionar la baja definitiva de un automóvil que se encuentra en situación de baja temporal en Tráfico es muy sencillo (como el resto de bajas de vehículos definitivas).
En los CAT o desguaces puede darse de baja un vehículo definitivamente.
Puede hacerse a través de la DGT y los desguaces o Centros Autorizados de Tratamiento (C.A.T.) y se hace de forma totalmente gratuita –en la mayoría de los casos-. Se incluye la retirada del vehículo con grúa, por lo que no existirán limitaciones al no tener actualizadas las ITVs o por carecer del seguro obligatorio en el momento de su baja.
Normalmente, la DGT tarda en total unos 5 días hábiles, se recicla el vehículo en desguace autorizado de acuerdo a la ley y hacen entrega del Certificado de Destrucción al propietario, el cual podrá facilitar a las oficinas municipales y a su compañía aseguradora para dar de baja tanto el impuesto de circulación como el seguro.
En el caso de ya haber pagado el Impuesto de Circulación o IVTM por un año completo, el titular podrá solicitar la devolución del impuesto municipal pagado en exceso.
Abandonar un vehículo ilegalmente puede suponer multa de hasta 600.000 euros
Para todos estos trámites por regla general, se requiere alguna documentación: la fotocopia del DNI en vigor por ambas caras del titular, la ficha técnica del vehículo y su permiso de circulación. Se ha de tener en cuenta también, que si el vehículo tiene menos de 10 años desde la fecha de su primera matriculación, la empresa encargada realizará una tasación del coche de acuerdo a sus características y se le abonará al titular la cantidad acordada.
Para buscar tu CAT más cercano entra en la web de la DGT: www.dgt.es, o ponte en contacto con la Asociación de Desguaces (tel. 91 593 12 66).
Fte: motor.mapfre.es