Acuerdos tomados por el Sistema Nacional de Salud con respecto a los psicólogos dados de alta transitoriamente para poder ejercer desde el 5 de octubre.
Normativa
Nueva campaña sobre el uso del cinturón por la vuelta al cole
*Información para conductores.
La campaña de vigilancia iniciada esta semana, coincide con la vuelta al cole de miles de menores. Por este motivo, la DGT recuerda a los adultos que las prisas y los desplazamientos cortos para llevar o recoger a los niños del cole no son excusas para llevar siempre puesto el cinturón de seguridad y a los niños anclados en sus sillas respectivas. Este tipo de desplazamientos cortos es donde se acumula el mayor número de conductas de riesgo.
¿CÓMO DEBO LLEVAR A LOS MENORES?
Asientos delanteros
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Asientos traseros
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Menores de 12 años
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Queda prohibido circular con menores de 12 años situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto.
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Los menores de 12 años cuya estatura no alcance los 1,35m, deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención adaptado a su talla y peso
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Menores de 12 años de estatura igual o superior a 1,35m
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Excepcionalmente, cuando su estatura sea igual o superior a 1, 35 m, los menores de 12 años podrán utilizar el cinturón de seguridad para adultos de que estén dotados los asientos.
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Se podrá utilizar indistintamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y peso o el cinturón de seguridad para adultos
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Fte:dgt.es
Error en la fabricación de carnés de conducir
El pasado mes de julio, tras las actualización de la aplicación de la DGT para Centros de Reconocimientos de Conductores que permite la renovación de los permisos de conducir, ha venido dando errores de forma habitual. Por este motivo, desde dicho mes, no se han fabricado carnés de conducir por parte de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Así pues, la entrega de permisos de aquellas personas que lo renovaron a partir de esa fecha, se alargará por un periodo de tiempo mayor de lo normal.
En caso de que la vigencia del resguardo (3 meses) que se facilitó tras el reconocimiento caduque, los conductores pueden pasarse por su Centro de Reconocimiento para obtener un nuevo resguardo de forma gratuita.
Renovación del Permiso y Licencia de conducción
*información para conductores y CRC’s.
Cada Permiso de Conducción tiene un período de vigencia transcurrido el cual hay que proceder a su renovación.
La vigencia de los permisos está condicionada a que el titular no haya perdido totalmente sus puntos y a que mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento.
Igualmente el período de vigencia de las diversas clases de permiso podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide aquélla, es susceptible de agravarse.
¿Cuál es el periodo de vigencia?
- El permiso de la clase B tiene un período de vigencia de 10 años hasta los 65 años.A partir de los 65 años la vigencia es de 5 años.
- Los permisos de las clases BTP, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E
- Cinco años mientras su titular no cumpla los 65 años de edad.
- A partir de los 65 años el período de vigencia será de tres años.
¿Cuándo se puede solicitar?
La solicitud de prórroga del permiso o licencia puede presentarse tres meses antes a la fecha de la pérdida de vigencia.
Adelantar la presentación de la solicitud no supone, en ningún caso, pérdida de días de validez, ya que la prórroga se empezará a contar desde la fecha en que la autorización que se quiere renovar pierde vigencia.
¿Qué ocurre si el periodo de vigencia ha finalizado?
El titular del permiso o licencia cuya vigencia haya caducado, podrá obtener la prórroga, quedando dispensado de realizar las pruebas de control de conocimientos y las de control de aptitudes y comportamientos.
Documentación necesaria
Renovación en Centro Médico (no es necesario acudir a la Jefatura de Tráfico)
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Acreditación de identidad y residencia:
- DNI o Pasaporte: original en vigor.
- Autorización de residencia o Documento de identidad de su país o Pasaporte junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros para extranjeros comunitarios: original en vigor.
- Autorización de residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor.
- Realizar una exploración médica para la remisión telemática del Informe de Aptitud Psicofísica.
- TASA IV.3 (Ver hoja informativa)
En el centro se realizará la foto y deberá proceder a la firma de la solicitud de prórroga.
Fte:DGT
Se unifica la tarjeta de aparcamiento para discapacitados
*Información para conductores.
El pasado miércoles se reunió el Consejo Territorial de Dependencia con responsables del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y de las Comunidades Autónomas y acordaron elaborar una norma para unificar las tarjetas de estacionamiento reservado que utilizan las personas con discapacidad con el objetivo de que exista un solo modelo válido en todo el territorio nacional y evitar, así, que estas no fueran reconocidas fuera de los municipios y comunidades autónomas que las hubieran expedido. Además, según informó Europa Press, a esta tarjeta podrán acceder también las personas que trabajen con discapacitados y utilicen un vehículo para sus traslados.
También el Consejo Territorial de Dependencia acordó crear una tarjeta temporal especial para las personas con una enfermedad grave que permitirá a estos enfermos aparcar en las plazas reservadas para personas con discapacidad, por ejemplo en los complejos hospitalarios. Esta tarjeta temporal recogerá así una reivindicación tradicional de la Asociación Española con el Cáncer.
Fte:dgt.es
No se «pierda» en vacaciones.
*Información para conductores.
Seguramente se ha encontrado en esta situación en alguna ocasión: está perdido, no conoce la ciudad ni las calles y ¡no tiene GPS! Según los expertos, esta es una prueba de fuego para demostrar que se es “buen conductor”. Aquí le facilitamos una serie de consejos útiles para salir del paso.
- Mantenga la calma: No se deje llevar por el pánico, puesto que su primera reacción será dejar de prestar atención a la vía y a las circunstancias del tráfico, buscando en su entorno alguna referencia visual. Así que, si tiene el depósito lleno con el vehículo en buenas condiciones, relájese.
- Pare y pregunte: Si nos perdemos irremediablemente, lo mejor es parar y preguntar; o parar, bajarnos del coche y tratar de orientarnos a pie.
- Prudencia: En estas situaciones existe un alto riesgo de distracción, por eso, sería conveniente reducir un poco la velocidad y mantener la distancia de seguridad, de tal forma que podamos disponer de tiempo suficiente para interpretar la señalización que desconocemos.
- Piense: Si accedió a una ciudad o barrio desconocido desde el sur, por ejemplo, y su destino está situado al noreste, debe recordar que cada desvío a la izquierda le separa de su objetivo, y que, por tanto, debe hacer lo posible por girar hacia la derecha.
- Construya un mapa mental: Hágase una imagen mental del plano de la ciudad, es decir, tome ciertos referentes para orientarse después, como por ejemplo: el río, la plaza Mayor, la muralla, la avenida principal, un monumento importante, etc.
- Respete las señales: Lo más importante es respetar la señalización. No deje que los nervios le hagan olvidar su función principal al volante. No olvide especialmente las señal de entrada prohibida o las marcas viales de selección de carril.
- Un buen copiloto: Si además de estar perdido, confuso y desorientado el copiloto le increpa, molesto, por haberse perdido, mal asunto. En cambio, un copiloto que colabore buscando referencias o manteniendo la calma, es de gran ayuda.
- Planifique: Para evitar que esto le vuelva a ocurrir, lo mejor es planificar previamente el intinerario. Si tiene que visualizar callejeros, los más completos suelen ser los que ofrecen las páginas web de algunos ayuntamientos.
- Con el GPS: No toda la información está actualizada. No sería el primer conductor que termina en una situación comprometida por circular en calles restringidas al tráfico en determinadas horas o en calles cortadas.
Fte:dgt.es
Cambio en la aplicación de Tráfico.
Prórroga de permiso de conducir Interrumpido.
Acceda a toda la normativa actual sobre tráfico.
*Información para conductores y CRC’s.
Ante la amplia regulación normativa que existe en nuestro ordenamiento jurídico sobre Tráfico y Seguridad Vial y los cambios normativos que a menudo se producen, la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, con la colaboración y participación de la Dirección General de Tráfico, ha publicado en su página web el Código Electrónico de Tráfico y Seguridad Vial.
Se trata de una publicación donde los ciudadanos en general, y los profesionales en particular, pueden encontrar recopiladas, y permanentemente actualizadas, las principales normas vigentes relacionadas con el tráfico, la circulación y la seguridad vial.
Cómo funciona
Los ciudadanos interesados, simplemente tienen que acceder a la web del Boletín Oficial del Estado (BOE), entrar en la sección de Códigos Electrónicos- Derecho administrativo y pinchar en Tráfico y Seguridad Vial. El Código Electrónico se puede descargar gratuitamente en los formatos electrónicos PDF y ePUB, o también se pueden comprar en soporte papel en la tienda del BOE. Además, ofrece la posibilidad al ciudadano de suscribirse al sistema de alertas de actualización que está integrado en los servicios del BOE a la Carta, y cuya suscripción se puede realizar en el momento de la descarga, de modo que el ciudadano tiene conocimiento en todo momento de si se ha producido alguna actualización de las normas incluidas en dicho Código de Tráfico, para volver a descargárselo.
Fte:dgt.es
Sanciones para usuarios de redes como Blablacar y Uber.
*Información para conductores.
Nunca viajar en coche fue tan polémico. Desde que ayer Fomento anunció que multaría con hasta 6.000 euros a las empresas y personas que prestan el servicio de coches compartidos -por operar sin licencia administrativa- y con multas de hasta 600 euros a los usuarios de estos servicios, las reacciones no han tardado en aparecer.
BlaBlaCar ha emitido un comunicado explicando que sus usuarios «sólo comparten los gastos del viaje« y por tanto «no hay ánimo de lucro». La Comisión Europea también ha rechazado la idea de sancionar a usuarios tanto de esta red social como de Uber -que pone en contacto a conductores particulares para hacer trayectos en una misma ciudad- y ha calificado la medida anunciada por Fomento de «extrema».
Finalmente, el ministerio de Fomento ha dado marcha atrás y ha señalado que las personas que se pongan de acuerdo entre sí para realizar algún transporte en el ámbito privado «no serán multadas». «Hay que distinguir entre servicios públicos profesionales y un servicio privado».
Fte:elmundo.es