*información para conductores y CRC’s.
Cada Permiso de Conducción tiene un período de vigencia transcurrido el cual hay que proceder a su renovación.
La vigencia de los permisos está condicionada a que el titular no haya perdido totalmente sus puntos y a que mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento.
Igualmente el período de vigencia de las diversas clases de permiso podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide aquélla, es susceptible de agravarse.
¿Cuál es el periodo de vigencia?
- El permiso de la clase B tiene un período de vigencia de 10 años hasta los 65 años.A partir de los 65 años la vigencia es de 5 años.
- Los permisos de las clases BTP, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E
- Cinco años mientras su titular no cumpla los 65 años de edad.
- A partir de los 65 años el período de vigencia será de tres años.
¿Cuándo se puede solicitar?
La solicitud de prórroga del permiso o licencia puede presentarse tres meses antes a la fecha de la pérdida de vigencia.
Adelantar la presentación de la solicitud no supone, en ningún caso, pérdida de días de validez, ya que la prórroga se empezará a contar desde la fecha en que la autorización que se quiere renovar pierde vigencia.
¿Qué ocurre si el periodo de vigencia ha finalizado?
El titular del permiso o licencia cuya vigencia haya caducado, podrá obtener la prórroga, quedando dispensado de realizar las pruebas de control de conocimientos y las de control de aptitudes y comportamientos.
Documentación necesaria
Renovación en Centro Médico (no es necesario acudir a la Jefatura de Tráfico)
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Acreditación de identidad y residencia:
- DNI o Pasaporte: original en vigor.
- Autorización de residencia o Documento de identidad de su país o Pasaporte junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros para extranjeros comunitarios: original en vigor.
- Autorización de residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor.
- Realizar una exploración médica para la remisión telemática del Informe de Aptitud Psicofísica.
- TASA IV.3 (Ver hoja informativa)
En el centro se realizará la foto y deberá proceder a la firma de la solicitud de prórroga.
Fte:DGT