*Información para conductores.

Los accidentes de tráfico son una de las principales causas de mortalidad infantil: en 2012 fallecieron por este motivo 54 niños de 0 a 14 años y 373 sufrieron heridas graves. Del total, 40 eran pasajeros y 11 eran peatones. Por este motivo, la DGT acaba de publicar una guía para padres y madres titulada “Tus pasos son los de tus hijos”, con consejos para desplazarse de forma segura con los niños, tanto a pie como en coche, transporte público y bicicleta, basada en la idea de que las futuras conductas de los niños serán un reflejo de las conductas presentes de los adultos.

Entrar en la guía «Tus pasos son los de tus hijos»

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Fte:DGT

*Información para conductores.

Desde el próximo 4 de marzo, los ciudadanos que tengan que acudir a las jefaturas provinciales de Tráfico de Almería, Granada, Jaén, Córdoba y Huelva a realizar cualquier trámite relacionado con Tráfico, bien sea de vehículos, conductores o sanciones deberán solicitar cita previa para ser atendido, a través de la web de la DGT o del teléfono 060.

Este mismo requerimiento será necesario para ser atendido a partir del 5 de marzo en las jefaturas provinciales de Cáceres y Badajoz.

Por este motivo, los ciudadanos que tienen que acudir en los próximos días a realizar algún trámite en las Jefaturas anteriormente citadas, pueden solicitar desde hoy (25 de febrero) su cita previa.

Si la petición de cita previa se realiza por Internet, simplemente hay que entrar en la web de la DGT, pinchar en el botón de Sede electrónica y seleccionar Cita previa Trámites.

Por esta vía se ofrece al ciudadano la posibilidad de elegir el día y la hora a la que quiere acudir a la Jefatura.

En un primer momento, el interesado debe seleccionar la Jefatura donde va a realizar el trámite y elegir el tipo de trámite que va a realizar. Una vez seleccionado, el sistema genera una nueva ventana donde el ciudadano deberá cumplimentar el formulario con sus datos personales. 

La aplicación informática de cita previa, permite que los trámites a realizar los pueda realizar el propio interesado o su representante debidamente autorizado. Para ello, simplemente deberá introducir en el formulario, el nombre, apellidos y NIF de la persona que le va representar.

A continuación, el sistema informático le mostrará los días y horarios disponibles, para que elija el que mejor le conviene. En un principio, se mostrarán citas para los diez días siguientes.

Una vez seleccionado el día y la hora, el sistema le solicitará la confirmación de la cita y el usuario obtendrá pulsando en el botón “obtener recordatorio” un documento donde aparecen los datos de la cita y la dirección de la Jefatura. 

En el caso de que el ciudadano desee anular la cita o modificarla, deberá realizarlo en el 060. 

Fte:DGT 

*Información para CRC’s

Leemos en Asecemp la noticia de que el BOE del 17 de febrero ha publicado el RD 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero.

Todos los profesionales titulados, desde el capitán de pesca al oficial de máquinas o de radio deben disponer de un impreso oficial, expedido por un CRC en el que se certifique la aptitud psicofísica de acuerdo con los requisitos exigidos para la expedición del permiso de conducir ordinario.
La acreditación de la aptitud psicofísica deberá efectuarse tanto en la expedición del título como en la renovación del mismo, que será cada cinco años.
Fte: ASECEMP

*Información para conductores.

Según el Reglamento General de Circulación (artº 51): «Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano solo podrán ser rebasadas en 20 kilómetros por hora por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquellas».

En carreteras covencionales, pero no en todos los casos.

Al realizar un adelantamiento, efectivamente se puede rebasar en 20 km/h, pero no en autopista, ni autovía, ni en ciudad. Se podrá superar siempre y cuando no exista una señal (R-301) de límite específico de velocidad, salvo que el límite establecido por dicha señal coincida con la velocidad genérica establecida para dicha vía, que en este caso se considera un recordatorio.

También se puede dar el caso de que en una vía que está limitada de forma genérica a 90 km/h por razón del arcén, nos encontráramos una señal de 100 km/h. Esta sería considerada una señal de velocidad específica (seguramente porque se ha tenido en cuenta que los carriles son suficientemente amplios aunque no disponga de arcén de 1,50 m) y, por lo tanto, estos 100km/h tampoco se podrían rebasar.

Fte:DGT

*Información para CRC’s

Agentes del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico de la Guardia Civil de Jaén, en colaboración con la Jefatura Provincial de Tráfico, han detenido a tres facultativos y una diplomada en Enfermería, a quienes se les acusa de los presuntos delitos de falsedad documental, usurpación de funciones e intrusismo profesional.

En el transcurso de la operación que ha desembocado en estos arrestos se ha intervenido «numerosa documentación, historiales clínicos y certificados médicos supuestamente falsos que aún están siendo investigados».

La investigación se inició al detectarse «irregularidades» en la tramitación telemática del certificado médico que acompañaba a la renovación de un permiso de conducción de un vecino de Úbeda realizado en el centro de reconocimiento de la citada localidad en el que trabajaban los ahora arrestados, y ha tenido «mucha laboriosidad», debido a que las personas a las que supuestamente se les expidieron certificados irregulares residen en distintas localidades de toda la provincia.

Las estimaciones de la Guardia Civil elevan a unos 400 el número de conductores afectados por estos hechos desde el año 2010, de los que 40 han sido interrogados como testigos en el marco de esta operación.

Dos de las personas detenidas –un psicólogo y un médico de Medicina General– supuestamente no realizaban el reconocimiento médico pertinente según la regulación establecida en el Real Decreto 170/2010, ni, de hecho, se encontraban en el lugar mientras éste se llevaba a cabo, pese a lo cual posteriormente firmaban el historial clínico «como si hubiesen estado presentes».

Además, la Guardia Civil ha detectado supuestas falsificaciones en las firmas de ambos que presuntamente realizarían algunos de los implicados, que suplantarían así la rúbrica de los facultativos ausentes en el momento del reconocimiento, así como la firma del director del centro en el dictamen final de la historia clínica, para dar «fe y veracidad» a las distintas pruebas, algo también presuntamente falso, ya que dicho profesional «no participó en ninguna de las exploraciones realizadas».

Por todo ello, la Guardia Civil ha detenido y puesto a disposición judicial al director del centro, dos facultativos y una diplomada en Enfermería por su presunta implicación en estos hechos.

Fte: www.teinteresa.es

La Ley es bastante clara en cuanto a las condiciones específicas para poder llevar a un niño en la parte de atrás de tu moto, aunque también hay otros datos que muchas veces obviamos y son igualmente importantes.

Para empezar, debemos verificar que nuestra motocicleta o ciclomotor esté homologado para llevar pasajero. Para ello, debemos comprobar si el asiento es suficientemente grande. La homologación consta en el permiso de circulación de la moto, concretamente en el apartado S.1 (número de plazas de asiento), donde deberá indicar «2». Si el número que aparece es «1», no podemos llevar pasajero, sea adulto o niño.

El Reglamento General de Circulación establece dos circunstancias relativas a la edad, por las que se puede llevar a un niño:

  •  El pasajero debe ser mayor de 12 años.
  • Los mayores de 7 años podrán ser pasajeros en una moto siempre y cuando el conductor de esa motocicleta o ciclomotor sea su padre, su madre, su tutor o personas mayores de edad por ellos autorizadas.
  •  Se debe utilizar un casco homologado y de la talla correspondiente.
  • La posición debe ser a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales.
  • El niño siempre debe ir detrás del conductor y nunca entre el piloto y el manillar de la moto.
  • También es recomendable comprobar que en las coberturas de nuestro seguro de la moto esté incluido el acompañante.


Además de todos estos consejos, debes ser consciente de que vas con un menor y debes servir como ejemplo en tu actitud al manillar de la moto y en tu estilo de conducción.

Recuerda: Prudencia y responsabilidad.

*Información para conductores.

Señalizar correctamente una emergencia o avería con los triángulos contribuye a evitar situaciones más embarazosas o males mayores de los que podamos estar pasando en un principio. Repasa cómo hacerlo con seguridad.

Cuando tienes una avería del tipo que sea o una emergencia con un vehículo de más de dos ruedas hace tiempo que por ley es obligatorio el uso de triángulos de señalización o emergencia y de chaleco reflectante cuando el coche tiene que permanecer en la vía hasta que llegue la asistencia.

Además de saber cómo hay que actuar en caso de accidente, es fundamental colocar el triángulo correctamente para evitar un accidente o percance mayor. Recuerda que el triángulo debe estar homologado, para que sus propiedades catadióptricas y fluorescentes funcionen a la perfección y así poder avisar a los demás conductores de tu situación.

En cuanto detectes el percance, que puede ser por ejemplo un pinchazo o un fallo mecánico, debes dejar el coche lo más a la derecha posible de la calzada y si puede ser en el arcén. Enciende las luces del coche y las luces de emergencia o “warnings”.

Ponte el chaleco reflectante y asegúrate de que puedes salir del coche sin peligro. Tan pronto como hayas salido, coge el triángulo y ve a colocarlo por la parte más alejada posible de la calzada y colócalo perpendicularmente a la misma.

Eso sí, en calzadas de doble sentido, tenemos que colocar dos triángulos: uno por delante y otro por detrás para avisar a los coches que circulan en nuestro sentido y en sentido contrario. Cada uno estará colocado a 50 metros de nuestro coche y deben ser visibles a una distancia de al menos 100 metros. Para calcularlo correctamente recuerda que 50 metros son 100 pasos medios de una persona, aproximadamente.

En vías de más de dos carriles por cada sentido o de sentido único, no es necesario poner el triángulo por delante. Sólo debemos poner un triángulo por detrás del coche averiado. Debe estar a 50 metros de la parte posterior del coche y ser visible a más de 100 metros de distancia. Estas distancias están estipuladas así porque, por ejemplo, si un vehículo circula a 120 km/h, entre el tiempo que tarda el conductor en darse cuenta del peligro, la reacción y la frenada recorrerá al menos 113 metros.

 Fte:motor.mapfre.es

*Información para conductores.

Se entiende por furgoneta todo vehículo automóvil, no camión, destinado exclusiva o principalmente al transporte de mercancías. Para conducir este tipo de vehículos se requiere el mismo permiso que para conducir turismos, siempre que no supere los 3.500 kg de masa; y este es fundamentalmente el problema, porque no se conduce igual ni reacciona de la misma manera, según los expertos consultados. Por el contrario, son vehículos más inestables, el peso total puede doblar el de un turismo y tiene mayores dificultades para realizar maniobras de emergencia.

Turismo y furgoneta: se parecen, pero no son iguales

  • Centro de gravedad: Al tener mayor altura, el centro de gravedad es más alto por lo que son más inestables y más sensibles a vientos laterales.
  • Carga: Hay que sujetarla y distribuirla uniformemente, colocando los objetos de mayor peso sobre la plataforma interior, entre los dos ejes.
  • Velocidad: El límite máximo en autovías y autopistas es 90 km/h. Una velocidad inadecuada, por ejemplo en una curva, puede provocar fácilmente un accidente por salida de vía o vuelco.
  • Ángulo muerto: Algunas furgonetas carecen de retrovisor interior, lo que dificulta la maniobra de marcha atrás. Existe un espacio a cada lado del que no se tiene visión. En estos casos debe hacerse una observación directa girando la cabeza para ver por las ventanillas laterales.
  • Distancia de seguridad: La mayor masa de la furgoneta exige que mantengamos una mayor distancia de seguridad, para ser capaces de detenernos a tiempo con seguridad ante cualquier imprevisto.
  • Mantenimiento: El 33% de los defectos graves detectados en las inspecciones afectan a los frenos, neumáticos y suspensión, lo que puede provocar fallos en la respuesta del vehículo ante un incidente.

Fte:DGT

*Información para conductores.

La conducción subconsciente o automática se produce cuando, por ejemplo conducimos diariamente por el mismo camino y por sitios que ya conocemos. La atención disminuye y de forma peligrosa, pasamos por alto detalles como señales de tráfico. Por tanto, podemos definirla como el resultado de conducir sin conciencia plena, atenta y reflexiva a lo que está sucediendo. 

El mejor ejemplo para entender el concepto de “conducción automática”, podría encontrarse el trayecto que haces habitualmente de casa al trabajo o del trabajo a casa y sorprendentemente, muchas veces no te acuerdas del camino o de detalles del mismo como algún aviso en paneles de la carretera o alguna señal, que estando siempre en el mismo sitio, no has visto o directamente “tu cerebro ha pasado por alto”.

Recientemente se ha realizado un estudio y se exponía la pregunta “¿Cómo he llegado hasta aquí?” El 75% de los conductores españoles encuestados para realizar el estudio admitían habérsela hecho “alguna vez” al alcanzar un destino habitual y un 25% incluso lo reconoce preocupantemente como “habitual”.

De hecho, la inmensa mayoría de los encuestados valoran la conducción subconsciente como una amenaza para la seguridad vial.

 Fte: motor.mapfre.es

*Información para CRC’s

El Consejo General de la Psicología, a través de la Coordinadora del Área de Psicología del Tráfico y de la Seguridad está iniciando el desarrollo de un modelo de acreditación como Psicólogo/a del Tráfico y de la Seguridad, cuyo primer paso es la realización de una encuesta dirigida a los colegiados que trabajan o han trabajado en Centros de Reconocimiento (CR), que permita elaborar un censo profesional en el Área además de conocer algunos detalles sobre esta especialidad profesional.

Si es usted Psicólogo/a que:

  • Trabaja o ha trabajado en un Centro de Reconocimiento (CR), o
  • Está dado de alta o registrado en la Jefatura Provincial de Tráfico para poder trabajar como Psicólogo/a titular o sustituto en alguno de estos Centros.

DEBE CONTESTAR A LA ENCUESTA (vía on-line)

Los resultados serán exclusivamente de uso interno de este Consejo General de la Psicología, y de publicarse algún resultado sólo se hará a nivel global, para defender la especialización, y no se revelará en ningún caso la identidad de los encuestados.

Contestar sólo lleva unos minutos. Podrás hacerlo en el siguiente enlace:

http://cop.es/b

-El fin del plazo para realizar la encuesta es el 28 de febrero de 2014.